BENEFICIARIOS: Quienes se hayan establecido como trabajadores autónomos a título principal, siempre que en el momento de solicitar la ayuda lleven más de 12 y menos de 36 meses de alta en el RETA .

Quedan excluidos los autónomos que se establezcan en los sectores agrario, ganadero o forestal.

Los trabajadores autónomos que formen parte de CB también pueden ser beneficiarios de esta ayuda, así como los que constituyan una sociedad limitada unipersonal y desarrollen su actividad en la misma.

 

AYUDAS POR EL ESTABLECIMIENTO POR CUENTA PROPIA. Hasta 2000 euros

 

OBLIGACIONES: Mantener las condiciones que motivaron la concesión de la subvención durante al menos 1 año, a contar desde el día siguiente a la fecha de presentación de la solicitud.

La realización, al menos, de una actuación que contribuya a la transición de su actividad hacia una economía verde o que contribuya a la transformación digital.

 

PROCEDIMIENTO: Concesión en régimen simplificado de concurrencia, las resoluciones de concesión se dictarán por orden de presentación de solicitudes, una vez realizadas las comprobaciones de concurrencia de la actuación subvencionable y el cumplimiento del resto de requisitos exigidos, hasta el agotamiento del crédito presupuestario asignado en la convocatoria.

 

PLAZO DE PRESENTACIÓN: Hasta el 30 de junio de 2022.

La solicitud se debe realizar obligatoriamente de forma telemática.

 

MAS INFORMACIÓN: AGENCIA DE DESARROLLO LOCAL

Planta Baja del Ayuntamiento Plaza de la Constitución, 1 02612 Munera. Tfono: 967 37 20 01

 

Se adjunta dicha Orden 194/2021 completa a continuación: