Ayudas para la adquisición de elementos de protección sanitaria en los establecimientos de comercio, hostelería y restauración

Desde el 26 de mayo hasta el 26 de junio se encuentra abierto el plazo para solicitar las ayudas de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo de la JCCM para aquellos que desarrollen una actividad comercial en Castilla La Mancha afectadas por Covid-19

Decreto 16/2020, de 19 de mayo, por el que se regula la concesión directa de subvenciones para la adquisición de elementos de protección sanitaria en los establecimientos de comercio, hostelería y restauración de Castilla-La Mancha.

Beneficiarios

Podrán ser beneficiarios de las subvenciones reguladas en el presente decreto las personas físicas o jurídicas que desarrollen en Castilla-La Mancha una actividad comercial incluida en alguno de los epígrafes del impuesto de actividades económicas que figuran en el anexo III o que sean titulares de bares, cafeterías o restaurantes incluidos en el Registro General de empresas, establecimientos, asociaciones de empresarios turísticos y entidades turísticas o empresariales de Castilla-La Mancha, que han visto suspendida su actividad durante el establecimiento del estado de alarma

Objeto

La finalidad de estas subvenciones consiste en incrementar las medidas sanitarias y de seguridad en los establecimientos de comercio, restauración y hostelería de Castilla-La Mancha, con el fin de aumentar el número las reservas y el volumen de negocio en dichos sectores durante el periodo.

Cuantía:

La cuantía máxima de la subvención será de 400 euros por beneficiario, abonándose el
importe realmente justificado por la compra de los elementos establecidos en el artículo 4.

Plazo y forma de presentación de solicitudes:
Plazo un mes, desde el 26 de mayo al 25 de junio de 2020.

Presentación de forma telemática con firma electrónica, a través del formulario incluido en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha

(https://www.jccm.es), que figura como anexo I acompañado del anexo II. Al presentarse de esta forma, los documentos a aportar podrán ser digitalizados y presentados junto con la solicitud, como archivos anexos a la misma.

  1. Se consideran gastos realizados desde el día el 4 de mayo de 2020 hasta el 25 de junio de 2020, los siguientes conceptos:
  2. a) La adquisición de gel hidroalcohólico y dispensadores en sus diferentes formatos.
  3. b) La adquisición y montaje de mamparas de protección en comercios para atención al público y en aquellos bares, restaurantes y cafeterías que como consecuencia de la reducción de su aforo y capacidad opten por instalar esta medida de protección para aprovechar al máximo el espacio garantizando la protección de los clientes.
  4. c) La adquisición de vinilos de señalización para delimitar la distancia de seguridad

Concesión:
Concesión directa, según orden de entrada hasta agotar los fondos destinados en la convocatoria.

Factura de adquisición y documento del pago realizado como regula la Orden

Quienes pueden solicitar la subvención:

Todas aquellas personas físicas o jurídicas que desarrollen una actividad recogida en el Anexo III

Decreto 16/2020, de 19 de mayo, por el que se regula la concesión directa de subvenciones para la adquisición de elementos de protección sanitaria en los establecimientos de comercio, hostelería y restauración de Castilla-La Mancha, descárgalo en le siguiente enlace:
https://docm.castillalamancha.es/portaldocm/descargarArchivo.do?ruta=2020/05/25/pdf/2020_3103.pdf&tipo=rutaDocm